Salud Materna: Un Derecho para todas las mujeres
23/08/2010
El informe señala que la protección del derecho a la integridad personal de las mujeres en el ámbito de la salud materna entraña la obligación de garantizar que las mujeres tengan acceso en igualdad de condiciones a servicios de salud relacionados con el embarazo, el parto y el período inmediatamente posterior, así como a otros servicios e información en materia reproductiva a lo largo de sus vidas.
El derecho a la integridad personal guarda una estrecha relación con el derecho a la salud, dado que la provisión de servicios adecuados y oportunos de salud materna es una de las medidas principales para garantizar el derecho a la integridad personal de las mujeres. El índice de mortalidad materna en las Américas alcanza un total de 22.680 muertes anuales y las causas principales son prevenibles. Asimismo, la protección del derecho a la integridad personal de las mujeres implica la obligación de los Estados de garantizar que las mujeres disfruten del derecho al más alto nivel posible de salud física y mental sin discriminación.
La CIDH advierte en el informe que un número desproporcionadamente elevado de mujeres pobres, indígenas y/o afrodescendientes, que en su mayoría residen en zonas rurales, son quienes con mayor frecuencia no disfrutan plenamente de sus derechos humanos respecto de la salud materna. La CIDH observa que las barreras que limitan a las mujeres el acceso a estos servicios están relacionadas con factores estructurales de los servicios de salud, con leyes y políticas que regulan estos servicios, así como con prácticas, actitudes y estereotipos, tanto al interior de la familia y la comunidad así como del personal que trabaja en los establecimientos de salud. En el informe, la CIDH recomienda la incorporación de la perspectiva de género en el diseño e implementación de las leyes y las políticas públicas que les afectan.
El informe incluye recomendaciones para garantizar la protección del derecho a la integridad de las mujeres en el acceso a servicios de salud materna en condiciones de igualdad, que la Comisión espera que constituyan una contribución a los esfuerzos de los Estados en la protección y promoción de los derechos humanos de las mujeres en su acceso a servicios de salud materna sin discriminación.
La morbi‐mortalidad materna en cifras
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha recibido información que indica que cada año aproximadamente 536.000 mujeres mueren en el mundo por complicaciones en el embarazo y el parto, a pesar de que éstas son generalmente prevenibles y a costos relativamente bajos. El Banco Mundial calcula que si todas las mujeres tuvieran acceso a intervenciones para atender las complicaciones del embarazo y parto, en especial a cuidados obstétricos de emergencia, un 74% de las muertes maternas podrían evitarse. El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas hizo referencia a un promedio de 1.500 mujeres y niñas que mueren diariamente como consecuencia de complicaciones prevenibles relacionadas con el embarazo y parto. Asimismo, por cada mujer que muere, otras 30 mujeres sufren heridas o enfermedades permanentes que pueden resultar en dolores de por vida, discapacidad y exclusión socioeconómica.
Los índices de mortalidad materna en las Américas alcanzan un total de 22.680 muertes anuales. Las causas principales de muerte materna en los países de la región son prevenibles y coincidentes: preeclampsia, hemorragia y aborto, variando el orden según la razón de mortalidad materna y las coberturas de atención prenatal, parto y prevalencia de uso de anticoncepción.
El impacto de las desigualdades en el acceso a los servicios
La mayoría de estas situaciones de mortalidad materna ‐ definida por la Organización Mundial de la Salud como la muerte de las mujeres durante el embarazo o los 42 días posteriores al parto ‐ y morbilidad materna ‐ definida como las complicaciones o enfermedades que se producen durante la gestación parto o puerperio que afectan la integridad y la salud de las mujeres muchas veces en forma permanente,15 ocurren en países en desarrollo.
América Latina y el Caribe se caracteriza por ser una región con mucha diversidad tanto en niveles de desarrollo económico y distribución geográfica en la que existen además disparidades, entre los países y al interior de los mismos, en cuanto al acceso a servicios de salud materna. Como consecuencia, el 20% de la región más pobre concentra 50% de las muertes maternas, mientras que el 20% más rico sólo tienen el 5% de estas defunciones. En Haití por ejemplo mueren aproximadamente 670 mujeres por cada 100,000 nacimientos vivos, mientras que en Canadá mueren aproximadamente 7 mujeres por cada 100,000 nacimientos vivos. Igualmente, la OMS estimó que en el 2006 hubo 280.000 muertes perinatales con diferencias notables en la región, siendo el riesgo de muerte perinatal en América Latina y el Caribe el triple al de Canadá y los Estados Unidos de América.
Deberes de Estado
El informe ha reseñado los deberes de los Estados para garantizar la protección del derecho a la integridad de las mujeres en el acceso a servicios de salud materna en condiciones de igualdad. La Comisión espera con sus recomendaciones, contribuir con los esfuerzos de los Estados en esta materia y que los deberes en materia de derechos humanos requieran:
Analizar, desde los órganos legislativos, ejecutivos y judiciales y mediante un escrutinio estricto, todas las leyes, normas, prácticas y políticas públicas que establezcan diferencias de trato basadas en el sexo o que puedan tener un impacto discriminatorio en los términos analizados en este informe.
Garantizar que la legislación sobre la protección de la salud materna esté adecuada con los estándares regionales e internacionales sobre la materia con los que los Estados se han comprometido a seguir, y que las políticas y programas elaborados con la participación de las propias mujeres, tengan consistencia con las metas establecidas por los Estados para mejorar la salud materna.
Asegurar que las y los profesionales de la salud informen a las mujeres sobre su salud para que éstas puedan adoptar decisiones libres, fundamentadas y responsables en materia de reproducción.
Asegurar que la perspectiva de género se encuentre incorporada en todos los planes, políticas y programas relacionados con la protección y el acceso a la salud materna.
Fortalecer la capacidad institucional para garantizar, con un financiamiento adecuado, el acceso a las mujeres a una atención profesional, tanto durante el embarazo, parto y periodo después del parto, incluyendo en especial servicios obstétricos de emergencia, especialmente para los grupos de mujeres en condiciones de exclusión, respetando las necesidades específicas y preferencias culturales de las mujeres.
Acerca de la CIDH
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal, sin representar a ningún país, y que son elegidos por la Asamblea General de la OEA.
Informe sobre salud materna, reseña. Por David Yañuk
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