El gobierno nacional promulgó la Ley N° 27.781 que establece el uso de la Boleta Única de Papel (BUP) como sistema de votación para todos los procesos electorales a nivel nacional. Los cambios en el Código Electoral Nacional comenzarán a regir para las elecciones 2025.
La norma, sancionada por el Congreso en octubre, se promulgó este viernes mediante el Decreto 915/2024, publicado en el Boletín Oficial y modifica diversos artículos de la Ley N° 19.945, contemplando aspectos clave como el registro y oficialización de candidatos, el diseño y contenido de la Boleta Única y las reglas para su implementación y uso en elecciones primarias, generales y del Parlamento del Mercosur.
La Boleta Única de Papel estará organizada en franjas horizontales que distinguirán las categorías de cargos electivos y en columnas verticales para las distintas agrupaciones políticas, con los nombres, símbolos y fotografías de los candidatos. Entre otras innovaciones, la boleta no incluirá la opción de votar por lista completa, fomentando la selección individual de cada categoría de candidatos.
El elector deberá seleccionar solamente una opción por cada categoría: si marca dos o más casilleros el voto se considerará nulo. En tanto, si no marca ningún casillero se considerará voto en blanco en esa categoría específica.
fuente: M1