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Blanqueo de capitales: AFIP puso en marcha el procedimiento para adherirse al Régimen de Regularización de Activos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el procedimiento para adherir al Régimen de Regularización de Activos, contemplado en la Ley 27.743 "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes", mediante la Resolución General Nº 5528 publicada hoy en el Boletín Oficial. El blanqueo está dirigido tanto a los residentes en el país como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro, y hoy pueden decidir su regreso al amparo de este proceso.

Se podrá regularizar cualquier monto sin costo, si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien se lo invierte en algunas de las colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía. Tampoco estarán sujetas al pago de impuestos quienes regularicen cualquier clase de bienes o tenencias por un valor de hasta u$s100.000.

Es importante destacar que cuanto antes se ingrese al régimen, menor será la alícuota a abonar. Las alícuotas se dividen en 3 etapas:

Una novedad es que pueden adherir al régimen las personas humanas que hayan perdido la residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023. Al adherirse al blanqueo, estas personas adquirirán nuevamente la residencia a partir del 1° de enero de 2024.

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