Padre abusador condenado a 12 años de prisión

23/08/2023

A doce años de prisión fue condenado un padre por abusar sexualmente de su hija. La niña, de diez años de edad, le contó llorando a su mamá lo que el acusado le hacía cuando ella se iba. Fue una mañana, antes de que se vaya a trabajar. Le pidió con insistencia que no la deje: “No quiero quedarme con mi papá, hace cuatro años que abusa de mí”.

A partir de ese momento, la menor le dio a su mamá todos los detalles. Le dijo que el imputado había comenzado a tocarla cuando tenía 5 o seis años. La primera vez fue en el baño, cuando ella le pidió una toalla. Entró y la manoseó en sus partes íntimas.

Le contó que todas las mañanas, cuando ella se iba a trabajar, se metía a su habitación y abusaba de ella. La niña manifestó que le pidió a su papá que no le hiciera eso, pero él la amenazó diciéndole que si le contaba a alguien le haría lo mismo a su hermana. Además le advirtió que su mamá no le creería y que destruiría la familia.

La menor le explicó a su mamá que ella supo que lo que su padre le hacía estaba mal porque buscó en internet. Entonces se dio cuenta de que estaba siendo abusada.

En circuito cerrado de televisión, la niña contó: “Mi papá me hacía cosas que no me gustaban. A veces me tocaba mientras yo jugaba con mis hermanas. Me tocaba en las partes prohibidas (senos y vagina). La primera vez yo tenía 5 o 6 años. Después pasaba todas las mañanas y yo no podía decir nada (…). Fueron muchas veces, en la habitación, en el baño o mientras yo jugaba. Otras veces él se me tiraba encima. Me decía que si no me dejaba se lo iba a hacer a mi hermana”.

El sujeto fue condenado en un procedimiento abreviado llevado a cabo en la Sala IV, presidido por la jueza Norma Beatriz Vera. Fue encontrado autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal continuado, agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia, y por corrupción de menores agravada, en concurso ideal.

Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de la menor y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.

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