Nación lanzó créditos por hasta $150.000 para más de 1 millón de monotributistas de todo el país

11/08/2021

El Gobierno nacional anunció la puesta en marcha de una nueva línea de créditos por hasta 150.000 pesos a tasa cero para un millón y medio de monotributistas de todo el país, tras la reunión semanal del gabinete económico que encabezó el presidente Alberto Fernández en Casa Rosada.

Los créditos serán de 90.000 pesos para los monotributistas de la categoría A, de $ 120.000 para los de la categoría B y de $ 150.000 para los de la C y el resto de las categoría, con facturación promedio al 30 de junio último. Los préstamos contarán con 6 meses de gracia y la devolución se realizará en 12 cuotas sin intereses.

Los créditos estarán garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y se tramitarán a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El anuncio fue realizado por la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca Bocco, y la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, en una conferencia de prensa en Casa de Gobierno.

¿Cómo solicitar el préstamo?

  • A partir de la última semana de agosto los y las monotributistas podrán solicitar los Créditos a Tasa Cero 2021 a través del sistema en la página web de la AFIP.
  • En la web de AFIP se deberá ingresar con clave fiscal y elegir el servicio “Crédito Tasa Cero”.
  • El sistema informará si el/la contribuyente califica para solicitarlo y el monto del crédito que le corresponde de acuerdo a su categoría de monotributo al 30 de junio (antes de la recategorización)

Requisitos:

  • Estar adheridos al monotributo y cumplir las condiciones establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo
  • No percibir un ingreso en relación de dependencia, ni jubilación, y no prestar servicios al sector público (es decir, cuando al menos el 70% de su facturación fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público).
  • No estar en situación 3, 4, 5 o 6 en la central de deudores del Banco Central.
  • Los beneficiarios no podrán acceder al mercado libre de cambio ni concertar operaciones de venta en el país de títulos con liquidación en moneda extranjera, ni canjes de títulos valores por otros activos externos o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.

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