E.S.G. de 23 años fue condenado a la pena de seis años de prisión efectiva, por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual simple en concurso real. Los hechos ocurrieron en Pichanal.
Fueron acumuladas dos causas en su contra, como resultado de las denuncias radicadas por el padre de las menores víctimas de 10 y 12 años respectivamente.
El acusado era su padrastro y convivía en el mismo domicilio, según el testimonio de las victimas en cámara Gesell, aprovechando la ausencia de su madre las habría sometido a tocamientos.
El juez Edgardo Laurenci, vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán, ordenó que sea alojado en la Unidad Carcelaria Local.
También dispuso la extracción de material genético de E.S.G., por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos; y la toma de muestra fotográfica al penado conforme lo dispone la Acordada 12641, protocolo de actuación judicial.
Nota: Se omitieron las identidades del autor y la víctima para preservar a la última y respetar el derecho a la intimidad y confidencialidad garantizados por la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.
fuente: Justicia Salta