La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Séptima Nominación Claudia María Ibañez hizo lugar parcialmente a una medida cautelar innovativa solicitada en el trámite de una acción de amparo colectiva y ordenó a las empresas vendedores de planes de ahorro que congelen las cuotas mensuales de los contratos de adhesión por el término de seis meses a partir de noviembre de 2019.
La orden comprende a las empresas vendedoras de plantes de ahorro FCA SA (Fiat), General Motors de Argentina SRL (Chevrolet), Plan Rombo SA (Renault), Volkswagen SA (Volkswagen), Círculo de Inversores SA e Interplan SA.
La medida cautelar innovativa persigue que se retrotraiga provisoriamente una determinada situación de hecho a otra situación de hecho anterior en razón de los eventuales resultados negativos que, por ello, puede acarrear.
Los amparistas planteaban tres pedidos. Respecto del pedido de retrotraer los valores de las cuotas a aquellos que se encontraban vigentes al 1 de abril de 2018, la jueza consideró que no puede ser admitido en los términos pretendidos, aunque marcó que se observa “prima facie un aumento considerable de las cuotas, cuyas razones no constan por el momento en la causa, las cuales deberán ser debatidas y resueltas en la etapa correspondiente”.
Recordó la jueza que las cautelares tienen un carácter provisional y pueden ser modificadas invocando hechos o presentando pruebas al tribunal que acrediten el cambio de las circunstancias anteriores.