El Jurado de Enjuiciamiento declaró inadmisible un pedido de destitución en contra de la Jueza de Cafayate María Virginia Toranzos
11/04/2019
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados declaró inadmisible la acusación contra la jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Personas y Familia y de Garantías de Cafayate, María Virginia Toranzos.
El jurado deliberó encabezado por el Presidente de la Corte de Justicia, Guillermo Catalano. Catalano junto al Juez Decano de la Corte de Justicia Guillermo Posadas, la Fiscal de Estado Pamela Caletti; los senadores Jorge Pablo Soto y María Silvina Abilés, el diputado provincial Esteban Amat Lacroix, el representante por el Foro de la Cámara de Senadores Guillermo López Mirau y el abogado por el Foro de la Cámara de Diputados, Pedro Mellado votaron por la inadmisibilidad del pedido pero consideraron sin embargo necesario la remisión de copias certificadas de lo actuado a la Corte de Justicia para que ejercite su facultad de superintendencia.
En el considerando décimo quinto de su voto, los miembros del Jury señalaron que “si se tuviera la percepción de que las decisiones del juez son sesgadas o injustas, el impacto que eso podría tener en la vida jurídica podría ser igual al que tendría si realmente lo fueran. Tal consideración amerita que se remitan constancias de las piezas pertinentes a la Corte de Justicia a los fines del ejercicio de sus facultades de superintendencia sobre el punto en cuestión”.
Respecto de la acusación, recordaron que “no es idónea para el logro del grave efecto de la destitución de un juez, la acusación fundada en la actuación en un solo expediente puntual, toda vez que la causal de mal desempeño exige el análisis global de una conducta; no resulta de un solo hecho, de un solo expediente; no es la consecuencia fatal de un acto único que se denuncia, que se especifica y que se prueba.”
El acusador –dijeron los miembros del Jury- no logró acreditar que la actividad de la jueza se hubiera realizado fuera del horario de despacho “ni menos aún su entidad en orden a la afectación del servicio de justicia.”
Citaron en este sentido que, “según la auditoría de seguimiento llevada a cabo, el índice de atraso constatado en 2014 disminuyó significativamente al igual que las causas pendientes de dictar sentencia. Y en cuanto a los expedientes pendientes de dictado de autos interlocutorios, se dispuso que debía presentarse un plan de trabajo para evitar futuras acumulaciones. A tenor del informe de la Síndica General del Poder Judicial de Salta del 30/10/18, ello fue cumplido y “se evidencia una importante puesta al día en el dictado de las sentencias definitivas y resoluciones interlocutorias incluidas en su Plan”.
Por la admisibilidad formal de la acusación, en minoría, se pronunció el diputado provincial Guillermo Martinelli.
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