La jueza Paola Marocco, vocal de la Sala VII del Tribunal de Juicio, condenó en audiencia de juicio abreviado a J.H.R. (50) a la pena de diez años de prisión efectiva por resultar autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por la situación de convivencia en concurso real, en perjuicio de sus tres hijas.
En el mismo fallo resultó condenada la pareja del imputado, M.H.S. (51) a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por resultar partícipe necesaria del delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo en concurso real.
El 30 de septiembre de 2014, M.H.S. denunció en la subcomisaría de Villa Lavalle que sus hijas de 12 y 7 años habían sido abusadas sexualmente por su propio progenitor J.H.R. en el domicilio familiar. La mujer relató que los abusos de su pareja a la primera menor habían comenzado cuando tenía 7 u 8 años y continuaron hasta los 9 años. En tanto que en el caso de la segunda menor, los abusos habían sido recientes. El 2 de octubre de 2014, la hermana mayor (21) de las dos niñas radicó otra denuncia contra su progenitor, J.H.R., por cuanto el imputado también había abusado de ella en los años 2003 o 2004. En ese momento el imputado acababa de salir de prisión y su madre lo había llevado a la vivienda familiar. La joven indicó que su madre sabía que su padre la había accedido contra su voluntad, porque ella misma le contó.
Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de las menores y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 77, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.