El juez Marcelo Rubio, vocal de la Sala V del Tribunal de Juicio, condenó en procedimiento unipersonal a Martín Julio Bautista (33) a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional por resultar autor penalmente responsable de los delitos de desobediencia a la autoridad en once hechos, violación de domicilio, amenazas en seis hechos e incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.
El magistrado ordenó la inmediata libertad del imputado previo fijarle las siguientes condiciones por el término de tres años: fijar residencia o comunicar el cambio a este Tribunal y someterse al cuidado del Patronato de Liberados; someterse a un tratamiento médico o psicológico y antialcohólico previo informe del Servicio de Psicología del Poder Judicial que acredite su necesidad a presentarse en el término de 15 días corridos; prohibición de consumir estupefacientes o de abusar del consumo de bebidas alcohólicas; prohibición de ejercer actos de violencia física, verbal o psicológica a la víctima; prohibición de acercamiento en un radio de 300 metros al lugar de residencia, de trabajo o de concurrencia habitual de la víctima.
También ordenó que se instalara una consigna policial ambulatoria en el domicilio de la víctima hasta el 23 del corriente mes.
Bautista desobedeció órdenes judiciales que le prohibían acercarse al domicilio de su ex pareja los días 3/11/12, 26/10/13, 30/11/13, 01/04/14, 25/04/14, 03/02/14, 25/05/14, 27/05/14 y 02/10/14. La medida se había dictado al comprobarse la existencia de una problemática de violencia de género. En uno de esos episodios el acusado amenazó a la denunciante y, por otro lado, incumplió con el convenio de alimento pactado para el sustento de sus hijos.