D.A.Sa. Reclama por su inclusión
11/10/2013
Otra vez más la organización sindical educadores, D.A.Sa. reclama al Gobierno de la Provincia de Salta su inclusión al ámbito de diálogo y negociación salarial del trabajador docente para el ejercicio escolar 2014. Docentes Agremiados de Salta hace constar:
* Posee Inscripción Gremial N° 1.542 mediante Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N° 641, de fecha 31 de Julio de 1990;
* Es Unidad Sindical de Base de la Confederación de Educadores Argentinos - C.E.A., con Personeria Greamial N° 1.716, otorgado por Resolución N°1.286 de fecha 25 de Octubre de 2011;
* Su condición de integrante a la C.E.A., otorga el derecho legal de usufructo de dicha Personería Gremial de la Organización Nacional;
* A su vez la Confederación de Educadores Argentinos es integrante de la Confederación Genetal de Trabajadores - C.G.T. y miembro de la Internacional Educativa -I.E.
D.A.Sa. en su argumento de Derecho Humano Laboral y Legal que le atribuyen estos y otros respaldos garantizadores, recurre al reciente "Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación" de fecha 18 de Junio de 2013, "Recurso de hecho deducido por la Asociación de Trabajadores del Estado - A.T.E. y Sr. Alberto Molina" devla Provincia de Salta, como referencia en sus considerenados en la que establece que las Organizaciones Sindicales con simple Inscripción Gremial conciben el derecho de participar e integrar los ámbitos de tratamiento salarial y de mejora continua de las condiciones de trabajo.
La negación de legitimidad para representar los intereres colectivos del sector, es un recurso infundado, absolutista y carente de sustento constitucional; es un acto de violación a los Derechos Humanos, a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación; corrompe Acuerdos y Tratados alguna vez celebrados en la Organización Internacional del Trabajo - O.I.T .
El Estado Provincial a través de sus funcionarios, consagran el propósito de no admisión a D.A.Sa. en este ámbito por no concordar su pensamiento y acciones de elevadas carencias. La actitud limitante y reductora del ejercicio legal, menoscaba y menosprecia derechos y garantias al mejor estilo del patrón de estancia en épocas de la dictadura militar. Esta notoria agresión a los intereses legítimos de orden gremial, atenta a las condiciones dignas de la persona humana, a la vida digna en la existencia de los compañeros trabajadores de la Educación, lo cual deriva, naturalmente, de su dignidad esencial.
A partir de esta postura, el Estado Provincial como empleador no garantiza ni respeta los Derechos Humanos Laborales. El régimen de irresponsabilidad impuesto en este orden contra Docentes Agremiados de Salta, meritua calificar y condenarlo con la crudeza que asigna el término "violación": a la condición humana ,a las libertades y garantias, a la igualdad y equidad; a los valores que estructuran, honran y fortalecen la grandeza de la Democracia, como la inclusión, la protección, la armonización, la convivencia, el equilibrio, la razón correctamente posesionada.
Desde la inquebrantable posición de Docentes Agremiados de Salta, posición sostenida en los valores y principios de la Educación Pública y, desde la dignidad de la docencia; energicamente reclama a este gobierno caracterizado por su brutalidad totalitaria, su inclusión en la negociación salarial docente ya iniciado; e insta a la docencia no permitir ni este ni otros atropellos a los que acostumbra.
Prof. Ramiro Maldonado Claure
Secretario General de D.A.Sa.
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