Recomendaciones de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual

28/06/2013

La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual recordó hoy a los medios audiovisuales, la necesidad e importancia de realizar un tratamiento responsable de noticias, ante la difusión de imágenes referidas al asesinato de una adolescente, publicadas originalmente hoy en un diario de la ciudad de Buenos Aires.

El artículo 3 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual postula, en su inciso d), que uno de los objetivos de esta norma es “la defensa de la persona humana y el respeto a los derechos personalísimos”. A su vez, la misma ley procura evitar la producción y difusión de imágenes y dichos que menoscaben la dignidad humana o que resulten perjudiciales para la integridad de los niños, niñas y adolescentes.

El representante de la Provincia ante la Autoridad Federal de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y miembro del Consejo de Comunicación e Infancia (CONACAI), Federico Dada, al igual que la Defensoría, invita a los medios de comunicación audiovisuales a evitar el uso de imágenes truculentas o morbosas en las noticias o coberturas o la reproducción de aquellas que usen esos recursos no recomendados, ya que pueden implicar la violación de derechos consagrados por las normas nacionales e internacionales en relación con los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

El comunicado de la Defensoría del Público señala que “la concepción de la información y la comunicación como servicio social y como fundamento para el ejercicio del derecho humano a la comunicación implica, centralmente, el respeto de los derechos de las personas, el cual resulta avasallado toda vez que sus imágenes son expuestas violando su intimidad y dignidad. El desconocimiento de los derechos personalísimos de las personas obliga a esta Defensoría a promover, siguiendo los lineamientos nacionales e internacionales en la materia, la reflexión crítica y responsable acerca de la tarea de los medios de comunicación y sus formas de abordaje de noticias como la que aquí se menciona.”

En este sentido, Dada, integrante del Consejo de Comunicación Audiovisual e Infancia, órgano federal que asesora a AFSCA en temas de medios y niñez y adolescencia, recomendó a los medios evitar la exposición de la vida privada de los niños, niñas y adolescentes, o la retransmisión de coberturas que lo hicieren, así como en casos similares, puesto que así se están vulnerando derechos universales con manifestaciones sobre detalles de su vida privada.

Dada recordó que la Constitución Nacional, en su artículo 75 inciso 22, incorpora la Convención Internacional sobre Derechos del Niño, que establece “la prohibición de injerencias arbitrarias o ilegales en la vida privada de los niños y a la protección de la ley contra dichas injerencias”. También está vigente la Ley 26.061 de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como la citada Ley 26.522 que en su artículo 70 establece que se “deberá evitar contenidos que promuevan o inciten… o que menoscaben la dignidad humana o induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de las personas y la integridad de los niños, niñas o adolescentes”.

Agregó que el marco normativo vigente tiene el objetivo de proteger la intimidad de los chicos evitando la injerencia arbitraria en la misma, tanto por las autoridades como por los individuos, ya que esto vulnera derechos fundamentales así como daña su entorno familiar y comunitario".

Representante de la Provincia ante la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual y el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual - Gobierno de la Provincia de Salta

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