En la Sala de Audiencias de la Cámara en lo Criminal de San Ramón de la Nueva Orán se realizará este lunes una audiencia pública convocada por la Jueza de Instrucción Formal de Segunda Nominación, Norma Vera en un amparo promovido contra el funcionamiento de un aserradero en esa ciudad del Norte provincial. El viernes, la magistrada rechazó un pedido del apoderado de la empresa Fabril Maderera SA por el que se pretendía la suspensión de la audiencia.
La audiencia pública se realizará el lunes a las 18 y se enmarca en el amparo promovido por la Fiscal Civil, Comercial y del Trabajo, Eugenia Fernández de Ulibarri. En la reciente Feria, se hizo lugar al levantamiento de la medida cautelar que se había dispuesto en diciembre pasado, pero se ordenaron controles diarios sobre la actividad del aserradero.
El viernes último, la Jueza de Instrucción Formal de Segunda Nominación, Norma Vera desestimó el pedido de suspensión de la audiencia solicitado por el representante de la empresa Fabril Maderera SA que explota el aserradero de Coronel Egües 1286 del casco urbano de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán. Paralelamente ratificó la realización de la audiencia disponiendo que la misma se desarrolle en la Sala de Audiencias de la Cámara en lo Criminal, en la planta baja del edificio de Egües y Lamadrid.
Oral y pública
La magistrada ordenó el viernes que la audiencia sea oral y pública, pudiendo acceder todas aquellas personas que posean interés en presenciar la misma aplicándose lo dispuesto por los artículos 375 primer párrafo y 376 del Código Procesal Penal. Estos artículos citados sostienen lo siguiente:
“Art. 375 CPP: “..El Presidente ejercerá el poder de policía y disciplina de la audiencia y podrá corregir en el acto, con llamado de atención, apercibimiento o arresto hasta de diez días, las infracciones a lo dispuesto en el artículo siguiente, sin perjuicio de expulsar al infractor de la sala de audiencias...”.
Art. 376 CPP: Los que asistan a la audiencia deberán estar respetuosamente en silencio, no podrán llevar armas u otras cosas aptas para ofender o molestar, ni adoptar una conducta capaz de intimidar o provocar, o que sea contraria al decoro, ni producir disturbios o manifestar de cualquier modo opiniones o sentimientos.”
También dejó expresamente establecido que todas las partes citadas podrán concurrir con el asesoramiento de los expertos que estimen correspondan, pudiendo aportar documentación. También podrán expresarse el resto de las personas que asistan a la audiencia, aunque en este caso la magistrada dejó expresamente dispuesto que podrán expresarse una vez concluida la exposición de las partes citadas, debiendo inscribirse previamente en un registro que se habilitará en el ingreso a la sala de audiencias.
El orden establecido para las exposiciones incluye en primer término al accionante, luego al Asesor de Menores e Incapaces, posteriormente al Departamento Ejecutivo del municipio de Orán como tercero necesario y finalmente el accionado, es decir la empresa que explota el aserradero.
Luego podrán hablar los especialistas propuestos por las partes, siguiendo el mismo orden. Finalmente se concederá la palabra a las personas registradas en el ingreso.
Finalizada la audiencia, se leerá el contenido del acta labrada, cuyo contenido deberá ser ratificado por las partes presentes.
La audiencia pública permitirá escuchar a todas las partes involucradas en el amparo. La empresa deberá presentar en la oportunidad también el plan integral para la disposición final de residuos producto de la actividad que desarrolla.
Parte de prensa
Foto El Tribuno