La Jueza de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, María Cristina Montalbetti ordenó a la empresa Orán Salud SRL Medicina Privada continuar cubriendo el cien por ciento del valor del tratamiento terapéutico con leche medicamentosa hipoalergénica Kas 1000 a una niña que padece una afección seria por alergia a las proteínas de leche de vaca.
Según prescripción médica, la niña debe tomar dicha leche hasta el año y cuatro meses. Cada lata tiene 400 gramos y la niña consume ocho por mes.
“No debe perderse de vista que en el presente caso, se encuentran en juego derechos superiores e inalienables del menor como son la salud y la vida”, sostuvo la jueza de Cámara al resolver el amparo y señaló además la inexistencia de otra vía procesal apta para evitar el daño grave e irreparable que podría producirse en el caso.
La empresa de medicina privada deberá seguir brindando la fórmula alimenticia requerida por el médico tratante de la menor en la cantidad y por el término que éste aconseje.