Rechazan pedido de nulidad de dos mesas en La Viña
16/07/2009
El Tribunal Electoral rechazó ayer el pedido de nulidad de la elección realizada el domingo en dos mesas del municipio La Viña del departamento del mismo nombre. De esta forma, se procedió a realizar el recuento respectivo de los votos emitidos ese día en dichas mesas por afiliados e independientes en el marco de las elecciones internas abiertas y simultáneas del Partido Justicialista.
La resolución fue adoptada a raíz de un planteo realizado por el apoderado de la lista 365, que requería la declaración de nulidad de las mesas 2688 y 2289 y la consiguiente realización de elecciones complementarias.
En ambas mesas votaron dos personas que no figuraban en los padrones respectivos. Sin embargo, las causales para que el Tribunal Electoral declare la nulidad de la elección realizada en una mesa se encuentran enumeradas en los artículos 108 y 109 de la ley 6444 de régimen electoral provincial. En ambos artículos no se encuentra prevista la situación planteada en la presentación respecto de lo cual advirtió el Tribunal Electoral que declarar la nulidad de las mesas porque hubieran sufragado dos personas que no se encontraban inscriptas en los padrones “implicaría desconocer la expresión de la voluntad electoral de los demás ciudadanos que votaron en dichas mesas”. De allí que se resolviera el rechazo del pedido de nulidad.
Los datos del escrutinio definitivo que se realiza en la sede del Tribunal Electoral se pueden consultar por Internet accediendo al sitio www.electoralsalta.gov.ar e ingresando al apartado “comicios”. La consulta puede hacerse por cargos departamentales y municipales.
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