Acta de Labor Parlamentaria Cámara Baja

19/04/2009

Los presidentes de los bloques políticos elevan al presidente del Cuerpo Legislativo, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos que se tratarán en la Sesión Ordinaria del martes 21 de abril.

 

1.Proyecto de ley en revisión: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles identificados con las Matrículas Nos 2.594, 2.595, 2.596, 2.597 y 2.598, ubicados en la ciudad de San José de Metán, para ser destinados a la ampliación de la Escuela de Educación Técnica Nº 5.133. Ingresa en el cupo del bloque Renovador de Salta. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto; Educación; y  Legislación General. Expte. 90-17.848/08.

2.Proyecto de declaración: Que vería con agrado que nuestros Legisladores Nacionales gestionen ante el Ministerio que corresponda, una partida económica especial con destino a todos los municipios de la Provincia para el nombramiento de jóvenes que realicen tareas de atención a los parques, plazas y espacios verdes de las escuelas y colegios. El autor del proyecto es el diputado Marcelo Lazarte del Nuevo bloque Justicialista. Se analiza en las comisiones de Educación; y Asuntos Municipales.  Expte. 91-21.648/09.

3.Proyecto de ley: Dispónese incluir en cada página Web perteneciente al Poder Ejecutivo Provincial, sus entes centralizados, descentralizados y/o autárquicos, un espacio destinado a publicar y difundir los datos que figuran en el Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas. El proyecto pertenece al diputado Luis Mendaña del Bloque Justicialista. Se estudia en las comisiones de Derechos Humanos; y Legislación General. Expte. 91-21.250/08.

4.Proyecto de ley: Exceptuar total o parcialmente, por el término de un año, del pago de los servicios de electricidad, agua potable y gas a los vecinos de la ciudad de Tartagal, damnificados por el alud acaecido en Febrero de 2009. El autor del proyecto es el diputado Gustavo Cea del bloque Frente para la Victoria. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto; y Legislación General. Expte. 91-21.603/09.

BREVES FUNDAMENTOS

2. Proyecto de declaración por el cual se vería con agrado que nuestros Legisladores Nacionales gestionen ante el Ministerio que corresponda, una partida económica especial con destino a todos los municipios de la Provincia para el nombramiento de jóvenes que realicen tareas de atención a los parques, plazas y espacios verdes de las escuelas y colegios. Los fundamentos del proyecto sostienen que dado que en este tiempo la situación económica está siendo un punto principal en la proyección de cada ciudadano, es necesario que se cuente con una partida económica especial, para que a cada municipio que la reciba le permita designar en lo que resta del año un grupo o grupos de jóvenes que desarrollaran la tarea expresada en el proyecto. Así, se brindará un beneficio a la población que permitirá a jóvenes contar con una ayuda económica para costarse los estudios o pagarse la capacitación en algún oficio lo significará una gran aliada a los hogares de los mismos.

3. Proyecto de ley por el que se dispone incluir en cada página Web perteneciente al Poder Ejecutivo Provincial, sus entes centralizados, descentralizados y/o autárquicos, un espacio destinado a publicar y difundir los datos que figuran en el Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas. Nuestro país se hizo eco de las disposiciones de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, adoptadas por la ONU en 1989, aprobadas por Ley N° 23.849 e incorporadas a la Constitución Nacional en 1994. Asimismo,  en 2003, el Congreso de la Nación sancionó la Ley N° 25.746, de aplicación en todo el territorio de la República, que creó el Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y que funciona en la órbita del Programa Nacional de Prevención de la Sustracción y Tráfico de niños y de los Delitos contra la Identidad. Por otra parte en 2005 se aprobó la ley Nacional Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Además,  el gobierno  produjo avances en sus esfuerzos de aplicación de leyes y en abril de 2008, el Congreso de Argentina aprobó una Ley Nacional Nº 23.364 en Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Victimas. En otro tramo de los fundamentos se explica que lamentablemente Argentina es un país de origen, tránsito y destino de hombres, mujeres y niños víctimas de la trata de personas con fines de explotación sexual comercial y trabajo forzado. La desaparición por sustracción de personas menores de edad es un delito que crece a nivel mundial y Argentina no es ajena a este fenómeno que preocupa a los gobiernos de los países afectados. La sustracción de menores de edad constituye un delito de enorme crueldad que victimiza tanto al niño como a su familia, signando negativamente el resto de sus vidas. Esta problemática siempre pone en evidencia la precariedad de los mecanismos para luchar contra esos delitos, la dispersión de la información y la necesidad de coordinación de las instituciones involucradas en la localización de niños, niñas y adolescentes perdidos. Por las razones expuestas se propone la habilitación de un espacio especial en las páginas Web de cada organismo de los tres Poderes del Estado Provincial y de los Municipios, donde se publiquen las imágenes de los niños, niñas y adolescentes extraviados. La división de poderes y las autonomías municipales no se verían afectadas por esta norma que se encuadra en el principio de interés general, establecido por la Constitución Nacional, Provincial y normas internacionales. De igual modo, los medios de comunicación pueden ofrecer un valioso aporte en esta problemática. El Estado pondría así, a disposición de la comunidad, una herramienta más para lograr una labor más rápida y eficiente en la localización de menores extraviados.

4. Proyecto de ley para exceptuar total o parcialmente, por el término de un año, del pago de los servicios de electricidad, agua potable y gas a los vecinos de la ciudad de Tartagal, damnificados por el alud acaecido en Febrero de 2009. los fundamentos del proyecto expresan que ante la grave situación que atraviesa la comunidad de Tartagal, en el norte de nuestra provincia, no admite otro gesto que aquellos relacionadas con la solidaridad y el acompañamiento de esta Legislatura con todas las herramientas e instrumentos de los que dispone. Por lo que se propone se exceptúe en forma total o parcial y por el término de un año, del pago de los servicios de electricidad, provisión de agua y gas a los afectados por la catástrofe desde el día 9 de febrero del presente año. Asimismo, se indica que es necesario tener en cuenta que, además del desastre, Tartagal arrastra desde hace más de una década una profunda crisis social a causa de las sucesivas reformas del Estado que privatizó empresas y delegó nuevas y múltiples funciones y competencias a los municipios sin los requisitos que requiere tan formidable descentralización; como pueden ser las partidas y fondos necesarios para afrontar las nuevas funciones y competencias. Además, se sostiene que si bien las distintas instancias jurisdiccionales del Estado (Nación, Provincia, Municipio) han respondido a la altura de las circunstancias, casi instantáneamente; la situación es de tal gravedad que amerita la intervención de todos los estamentos sociales. Es así que numerosas Organizaciones de la Sociedad Civil de toda la Argentina ya se han hecho presentes en Tartagal apoyando el proceso de reconstrucción. Es en este contexto en el que la Legislatura debe pensar en todo un proceso de ardua reconstrucción, aportando instrumentos necesarios para que el tartagalense que perdió todo o casi todo se sienta contenido y acompañado humanamente.

 

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